Desde el auge de las criptomonedas, la Unión Europea (UE) ha hecho de su regulación una prioridad. En este contexto, la Unión Europea está trabajando activamente en la redacción de dos textos que pretenden ofrecer un marco armonizado para las criptomonedas, imponer obligaciones a las plataformas y controlar mejor los flujos. Mientras los dos textos, el Reglamento de Transferencia de Fondos (TFR) y el proyecto de Mercados de Criptoactivos (MiCA 1.0), se encuentran en la fase final de redacción, ayer se alcanzó un acuerdo provisional entre el Parlamento Europeo y el Consejo sobre el TFR.
La noticia fue anunciada en la cuenta oficial de Twitter del eurodiputado Ernest Urtasun.
“Estamos acabando con el salvaje oeste de las criptomonedas no reguladas, cerrando lagunas clave en las normas de la UE contra el blanqueo de capitales”.
¿Qué establece el Reglamento FIT de la UE?
El proyecto de Reglamento TFR prevé la ampliación de determinadas obligaciones de los proveedores de servicios de pago a los proveedores de servicios de activos digitales y en relación con las transferencias de fondos y la información sobre el pagador y el beneficiario. Este proyecto de reglamento pretende, por tanto, reforzar la lucha contra el blanqueo de capitales, dificultando la vida de los delincuentes financieros. De este modo, la Unión Europea (UE) cumple la Recomendación 16 del Grupo de Acción Financiera (GAFI) sobre transferencias electrónicas y la Recomendación 15 sobre activos virtuales.
Parece que la Unión Europea ha optado por una regulación “fuerte”, lo que es una pena dado el “retraso” de algunos países europeos en el ámbito criptográfico. De hecho, las limitaciones impuestas por la Unión Europea podrían frenar la innovación en el territorio europeo. Se trata de ciertas obligaciones impuestas a las plataformas, pero también, indirectamente, al público.
En particular, el proyecto de reglamento estipula que los agentes criptográficos deben identificar a las partes implicadas desde el primer euro de una transacción. ¿Qué significa esto? Desde el primer euro de una transacción, las plataformas tendrán que proporcionar información sobre la identidad de los clientes y beneficiarios de la transacción. Todas las plataformas centralizadas están a priori afectadas (Binance, Coinbase, etc.). El reglamento también cubre las transferencias desde o hacia monederos no alojados.
“La verificación de la identidad del beneficiario efectivo de la cartera no alojada será obligatoria para las transferencias de gran cuantía superiores a 1.000 euros cuando la transferencia se efectúe hacia o desde la cartera perteneciente al cliente de la CASP”.
Sin embargo, el texto contiene exclusiones, no se aplicará a las transferencias P2P.
Mientras que la Unión Europea (UE) acoge con satisfacción el texto -considerando que combina y concilia la lucha contra el blanqueo de capitales y el terrorismo, la protección de los consumidores y la competitividad-, la comunidad criptográfica lo ve de otra manera.
Faustine Fleuret, vicepresidenta de ADAN, considera que el reglamento tendrá consecuencias perjudiciales para los agentes del mercado que invierten en la Unión Europea. Considera que el reglamento plantea muchas dificultades:
“Por un lado, operativa en ausencia de soluciones europeas. Son indispensables como garantes de nuestra soberanía digital y de la protección de información y datos estratégicos en estos nuevos mercados. Por otro lado, en cuanto a la competitividad internacional del sector en un momento en que Europa avanza más rápido y más lejos. Es lamentable que el ámbito de aplicación del TFR abarque todas las transacciones de criptoactivos (desde el primer euro) y las realizadas entre plataformas y “monederos no alojados”. Por último, si la supervisión no se produce, acabará siendo perjudicial para la industria europea frente a sus competidores extranjeros. Por lo tanto, el reglamento no alcanzará sus objetivos.